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Sistema Siscoserv

PORQUE SU SERVICIO TIENE
MUCHO VALOR EN LA ECONOMÍA ACTUAL


El avance de la tecnología ha transformado el mercado, ampliado nuestras posibilidades de comunicación y aumentado la confianza en las relaciones internacionales. Esto se refleja en el comportamiento de los consumidores, que poseen más libertad, a la hora de contratar servicios especializados, independientemente de su ubicación geográfica.

SISTEMA
INTEGRADO DE
COMERCIO DE SERVICIOS.


Algunas de las empresas más valiosas del mundo hoy en día ofrecen servicios sin apenas una estructura física. Su valor está en los activos intangibles, que la economía ya no puede seguir ignorando.

Ante tanta tecnología y cruce de datos, todavía es necesario y obligatorio el envío de las informaciones pertinentes correspondientes a cada acción financiera. Debido a esto, el Gobierno Federal ha implantado un sistema que intenta mejorar las acciones de estímulo, formulación, seguimiento y verificación de las políticas públicas relacionadas con servicios e intangibles que afectan directamente a nuestra economía.

SISCOSERV (Sistema Integrado de Comércio de Serviços) [Sistema Integrado de Comercio de Servicios] funciona como una herramienta de medición brasileña del comercio internacional de servicios. Por medio de este sistema, el Ministério da Fazenda, Secretaria da Receita Federal do Brasil [Ministerio de Hacienda, Secretaría de Recaudación de Impuestos de Brasil] (RFB, por sus siglas en portugués) y el Ministério da Economia [Ministerio da Economía] tienen acceso a informaciones detalladas para detectar la importación y exportación de servicios intangibles y otras operaciones que produzcan variaciones en el patrimonio.

Consta de dos módulos: el de venta de un servicio al exterior y el de adquisición de un servicio desde el exterior

Cada módulo contiene los modos de prestación de servicios, identificados según la ubicación del prestador y del tomador, y conforme a lo establecido en el Acuerdo General sobre Comercio de Servicios (GATS, por sus siglas en inglés) de la OMC (Organización Mundial del Comercio), y que se describen a continuación:

MÓDULO VENTA


Para registro de las operaciones de venta de servicios, intangibles y otras operaciones que produzcan variaciones en el patrimonio – de residentes o domiciliados en el país, a residentes o domiciliados en el exterior. Este módulo abarca también el registro de las operaciones realizadas por medio de la presencia comercial en el exterior.



MÓDULO DE ADQUISICIÓN


Para el registro de los servicios, intangibles y otras operaciones que produzcan variaciones en el patrimonio, adquiridos por residentes o domiciliados en el país como residentes, a residentes o domiciliados en el exterior.






AQUÍ PODEMOS VER ALGUNOS EJEMPLOS DE APLICACIÓN:


Un profesional viaja al exterior para prestar un servicio que será cobrado del cliente (Módulo de Venta);

Este mismo profesional consume servicios de hospedaje y alimentación (Módulo de Adquisición);

Una empresa paga comisión a un agente en el exterior (Módulo de Adquisición, aunque sea un agente de exportación);

El área de TI compra un software a un proveedor extranjero vía internet (Módulo de Adquisición);

Prestación de servicios, en Brasil, a un cliente extranjero (Módulo de Venta);

Empresa que contrata a un profesional extranjero, que se desplaza hasta Brasil para prestar servicio (Módulo de Adquisición);

Un hospital brasileño realiza una cirugía a un paciente extranjero (Módulo de Venta).

QUIÉN TIENE QUE REGISTRAR LAS OPERACIONES EN SISCOSERV:


I - el prestador o el tomador del servicio residente o domiciliado en Brasil;

II - la persona física o jurídica, residente o domiciliada en Brasil, que transfiere o adquiere el intangible, incluso los derechos de propiedad intelectual, por medio de cesión, concesión, autorización o por cualesquiera otros medios admitidos en derecho;

III - la persona física, jurídica o el responsable legal del ente despersonalizado, residente o domiciliado en Brasil, que realice otras operaciones que produzcan variaciones en el patrimonio.

La obligación de registro se extiende también:

I - a las operaciones de exportación e importación de servicios, intangibles y demás operaciones;

II - a las operaciones realizadas por medio de presencia comercial en el exterior relacionada con la persona jurídica domiciliada en Brasil, conforme al apartado "d" del Artículo XXVIII del GATS (Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios, por sus siglas en inglés), aprobado por el Decreto Legislativo nº 30, de 15 de diciembre de 1994, y promulgado por el Decreto nº 1.355, de 30 de diciembre de 1994 (según legislación brasileña).


NOSOTROS LE
PODEMOS AYUDAR.


Para ayudar a su empresa a moverse por este nuevo escenario, contamos con un equipo especializado y capacitado que identifica los procesos obligatorios de registro en SISCOSERV y que le garantiza tranquilidad en sus operaciones internacionales, ya que existen plazos para el registro de las operaciones, así como sanciones que se pueden (y deben) evitar.

Ofrecemos una ayuda completa que incluye la ejecución, selección documental, análisis, clasificación y registro de las operaciones de la empresa, con el conocimiento necesario para analizar todos los elementos pertinentes de cada una de las clasificaciones NBS - Nomenclatura Brasileña de Servicios.


PARA MÁS INFORMACIÓN,
CONSULTE A UNO DE NUESTROS
ESPECIALISTAS.



Fuente de informaciones técnicas:
https://www.ecommercebrasil.com.br/artigos/siscoserv-voce-ja-fez-sua-declaracao/

QUIÉN NO NECESITA
HACERLO:


Quedan exentas de la obligación de proporcionar las informaciones a través de Siscoserv, las operaciones en las que no se hayan utilizado mecanismos públicos de apoyo al comercio exterior de servicios, de intangibles y demás operaciones que se incluyen en el art. 26 de la Ley 12.546 / 2011 (según legislación brasileña):

- las personas jurídicas que opten por el Simples Nacional [Régimen Tributario Simplificado] y los micro emprendedores individuales;

- las personas físicas residentes en el país que, en nombre propio, no realicen, habitual ni profesionalmente, ninguna actividad económica de naturaleza civil o comercial, con fin especulativo de lucro, siempre y cuando no realicen operaciones superiores a 30.000,00 USD, o su equivalente en otra moneda, en el mes (límite de valor establecido por la Ordenanza MDIC 261/2013 (según legislación brasileña), anteriormente, el límite era de 20.000,00 USD).
UN SERVICIO PARA
QUIEN ENTIENDE
DE SERVICIOS.


LOGÍSTICA COMPLETA



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